Es el documento público indispensable para probar el estado civil de cada persona en el que se registran sus datos, y así poder identificarse ante las autoridades y ante la sociedad para ejercer sus derechos y cumplir sus obligaciones. Indispensable para tramitar la cédula.
Requisitos
Es el documento público necesario para probar el estado civil de casado, en el cual se registran los datos de los contrayentes y el acto del matrimonio. Sirve para adquirir derechos y cumplir obligaciones entre si, ante las autoridades y la sociedad.
Requisitos
Es el documento público que prueba el hecho de la muerte y su causa. También Permite el inicio de trámite de sucesión. Por otro lado el Notario le comunica a la Registraduría Nacional del Estado Civil la Defunción para cancelar cédulas de ciudadanía.
Requisitos
¿QUIÉN PUEDE SOLICITAR EL REGISTRO CIVIL DE NACIMIENTO?
Según Circular No. 126 de fecha 11 de Junio de 2015 se establecen unas instrucciones sobre la expedición de copias de Registro Civil.
Las solicitudes de expedición de copias o certificados de registros civiles (nacimiento, matrimonio y/o defunción) en los cuales se incorporen datos adicionales a los indicados en el anterior numeral, deberán acreditar alguna de las calidades establecidas en el art. 13 de la Ley 1581/2020; de personas a los cuales se les pueda suministrar la información:
a) A los Titulares, sus causahabientes o sus representantes legales.
b) A las entidades públicas o administrativas en ejercicio de sus funciones legales o por orden judicial.
c) A los terceros autorizados por el Titular o por la ley.
COSTO: